LAS MEDIDAS TOTALIRARIAS DEL COVID APLICADAS A LA EDUCACIÓN EN ANDALUCÍA

Publicado en septiembre 13, 2020, 12:21 am

El coronavirus ha sido creado por las élites financieras globalistas con el fin de controlar y reducir la población. Se trata de moldear la voluntad de las personas para anclar más fácilmente nuevas conductas.

Donde puedo observar directamente esta penetración subversiva es en el ámbito educativo. Según el documento de organización educativa que se ha facilitado desde instancias gubernamentales, queda patente la extrema limitación de contacto físico, expresada en la normativa de la siguiente manera en el apartado Medidas Generales:

  • Higiene frecuente (de hasta cinco veces al día, incluyendo al entrar y salir del centro educativo).
  • Higiene respiratoria (cubrirse la nariz con pañuelo al toser o emplear la parte interna del codo).
  • Mantener distanciamiento físico de 1,5 metros.
  • El uso de mascarillas a partir de los 6 años.

En las Medidas Específicas para los alumnos destacamos las siguientes:

  • El uso frecuente de geles hidroalcohólicos (a excepción de los niños que se metan frecuentemente la mano en la boca).
  • El uso de mascarillas dentro del centro y en todo momento a partir de los 6 años.
  • Evitar compartir material.
  • Procurar la mayor distancia entre pupitres (cosa imposible ya que el limitado espacio en las aulas y la gran ratio hacen imposible cumplir distancia de seguridad).
  • Lavado diario de ropa.

Todo esto significa reprimir el impulso natural innato de los alumnos a interactuar con sus semejantes y a inculcarles una conducta que puede ser perjudicial a largo plazo puesto que el uso excesivo de mascarilla y de gel impiden que el sistema inmunitario se fortalezca y responda adecuadamente ante una agresión vírica.

Con respecto a la limitación de contactos, siguiendo la citada normativa, cabe destacar:

  • La ya mencionada distancia de al menos 1,5 metros entre las personas del centro educativo (lo cual hemos visto que es prácticamente imposible de cumplir tanto para el personal docente como para los alumnos).
  • La creación de grupos de convivencia escolar: alumnos que pertenecen al mismo ciclo de la Educación Primaria y que no pueden interactuar con otros alumnos de otros niveles. Por ejemplo, un niño del primer ciclo de Primaria (1º y 2º) no puede interactuar con otro niño del tercer ciclo de Primaria (5º y 6º). A excepción de los hermanos que sí pueden acceder juntos pero que son separados en la entrada al centro.
  • Se habilitarán entradas y salidas específicas para cada grupo de convivencia, así como las horas de salida y del recreo.
  • Es llamativo destacar lo que señala la norma respecto de las clases de Educación Física:

Cuando se realicen actividades deportivas, lúdicas o de ocio, se llevarán a cabo en espacios abiertos mediante actividades que no favorezcan el contacto directo entre el alumnado y se procurará el uso de elementos individuales o que no requieran manipulación compartida con las manos (excepto grupos de convivencia escolar).  En este caso, el docente se ve obligado a desinfectar continuamente el material y a controlar que los niños no interactúen físicamente entre sí. De este modo están prohibidos los juegos que impliquen interacción física que garanticen el correcto desarrollo psicomotor y los docentes especialistas se ven obligados a exprimirse el cerebro para diseñar actividades lúdicas que eviten el contacto directo entre los alumnos.

En el Anexo III referido a las Medidas de Prevención, Protección, Vigilancia y promoción de la salud COVID 19 es llamativo destacar la definición que se establece como “contacto estrecho”:

  • Persona que haya proporcionado apoyo individual sin las medidas de protección.
  • Personas que hayan estado en un mismo lugar a una distancia menor a 2 metros y durante más de 15 minutos.
  • Si existe un caso confirmado y pertenece a un grupo de convivencia, se considera contacto estrecho a todas las personas pertenecientes a dicho grupo.

Con esto se pretende reducir la interacción entre grupos de convivencia distintos y en caso de que aparezca un caso confirmado, confinar exclusivamente a dicho grupo. Si tuviéramos que seguir estas normas a rajatabla, la labor docente sería desesperante y espesa. 

No podemos olvidar el impacto emocional que puede tener para un niño y/o para su familia ser señalado por haber contraído el virus. A pesar de que los docentes tenemos la obligación y el deber moral de apoyar al alumno y a la familia desde el punto de vista psicológico y administrativo, no es menos importante la estigmatización que puede sufrir la familia.

Todavía desconocemos las repercusiones que pueden tener en los niños estas conductas, pero sí estamos seguros de que a algunos les marcará para siempre les influirán el resto de sus vidas. Probablemente estos niños rehúsen del contacto físico en un futuro por miedo al contagio de cualquier enfermedad.

Tampoco debemos olvidar los efectos negativos que suponen estas series de medidas para los docentes y equipos directivos. La mencionada  normativa implica un aumento de la carga de trabajo y del estrés psicológico. Además, supone un deterioro de la calidad educativa así como el estrés que también supone para muchas familias, especialmente para aquellas que no están familiarizadas con las nuevas tecnologías.

Lo que sí tenemos claro es la capacidad de las élites para influir poderosamente en la población y la permeabilidad de ésta para acatar obedientemente cualquier norma sin ser sometida a un análisis crítico. Y no es casual que al mismo se permitan manifestaciones de carácter fuertemente ideológico.

No hay que olvidar, por último, que la supervivencia de los medios de comunicación depende de la movilización que provoquen las noticias. Hoy en día, impera la dictadura de la emotividad y el miedo, en lugar de la lógica y la verdad.

Corresponsal de España

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