En tanto las normas civiles sean en sí honestas, la Iglesia debe urgir a los fieles para que den al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios (Mt. 22, 21). La obediencia cristiana solo ha de resistir una norma civil cuando esta manda contra-Dios, pues es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres (Hch. 5, 29; 4, 19). También decía Lope de Vega en un célebre poema: Todo lo que manda el rey, que va contra lo que Dios manda, no tiene valor de ley ni es rey quien así se desmanda. En esta ocasión, pretendemos poner el foco de esta doctrina sobre la cuestión de la “vacuna” contra el “virus” y de la licitud moral a negarse a ponérsela.

Ya de entrada, el Catecismo de la Iglesia, en su punto 2242, nos dice:

El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del evangelio.

Analizaremos la cuestión que plantea el Catecismo en relación con el tema de la “vacuna”:

 Nuestra Constitución refleja lo siguiente:

Estableciendo un paralelismo con la vacunación obligatoria y desde el punto de vista del derecho a la integridad física y moral, parece ser que para obligar a una persona a vacunarse, el Tribunal Constitucional entendería necesaria la existencia de una orden judicial. Fuera de este supuesto parecería bastante discutible que la vacunación pudiera ser obligatoria. En todo caso no debemos olvidar que el Tribunal Constitucional también dice no existir ningún trato degradante para quien recibe una asistencia médica obligatoria, puesto que si la misma se ajusta a derecho, sería totalmente lícita en tanto que su propósito no sería provocar sufrimiento, sino prolongar la vida. Ahora bien, cabría plantearse si las vacunas prolongan la vida de las personas, puesto que, de no ser así, es evidente que no sería lícita una vacunación obligatoria.

Nuestra Constitución deja muy claro que en casos muy especiales podría obligarse a alguien a someterse a tratamiento o vacuna, pero bajo orden judicial. Es decir, que sin esta orden se estaría cometiendo un fraude de ley.

Cabría preguntarse la moralidad de una vacuna que se está imponiendo sin dar explicación de lo que contiene, habiendo sido solicitada por parte de las farmacéuticas exención de responsabilidades y que no suele estar prescrita bajo firma por ningún médico. Máxime, cuando sabemos que multitud de médicos la están desaconsejando y están siendo perseguidos por manifestar su criterio. Por otro lado, ¿que verosimilitud puede tener algo que ya en su mismo nombre engaña?, ya que al producto que se quiere inocular no se puede catalogar como vacuna. Se ha querido utilizar la denominación de vacuna cuando lo que se está aplicando es una terapia génica (la terapia génica es una técnica experimental para tratar enfermedades mediante la alteración del material genético), y así aprovecharse de las exenciones y facilidades regulatorias de las que gozan las vacunas y no otros productos farmacéuticos.

Por otro lado, los medios de comunicación y redes sociales ponen todos los obstáculos posibles a estudios llevados a cabo por entidades serias y solventes que apuntan a otras direcciones en las posibles causas de esta crisis.

También, poner la lupa a las conductas de los cuerpos de seguridad del Estado, cuando llevan a cabo un acto ilícito, amparándose en que “cumplen órdenes”. Acatar todo lo mandado sin tener en cuenta las normas es, según el Supremo, un criterio propio de un sistema autoritario. En una democracia como la española no es posible ocultarse detrás de una orden para incumplir una ley y no tener responsabilidad, ya que nadie está por encima de la ley.   El Supremo rechaza la obediencia debida como causa de exención de la responsabilidad.

Destacar, para terminar, un episodio del Antiguo Testamento en relación con el mandato de obedecer a las autoridades, donde se ve claramente que no obedecer a la autoridad cuando lo que se obliga cumplir es injusto, es algo que Dios premia:

Éxodo 1-15: Luego el rey de Egipto se dirigió a las parteras de las hebreas, una de las cuales se llamaba Sifrá y la otra Púa; les dijo: 16. Cuando asistan a las hebreas, y ellas se pongan de cuclillas sobre las dos piedras, fíjense bien: si es niño, háganlo morir; y si es niña, déjenla con vida. 17. Pero las parteras temían a Dios, y no hicieron lo que les había mandado el rey de Egipto, sino que dejaron con vida a los niños. 18. Entonces el rey llamó a las parteras y les dijo: ¿Por qué han actuado así, dejando con vida a los niños? 19. Las parteras respondieron: Es que las mujeres hebreas no son como las egipcias. Son más robustas y dan a luz antes de que llegue la partera. 20. Dios estaba con las parteras, así que el pueblo creció y llegó a ser muy fuerte; 21. Y a las parteras, por haber temido a Dios, les concedió numerosa descendencia. No solo no pecaron las parteras al desobedecer a la autoridad, sino que Dios incluso las premió.

Corresponsal de España

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